Diversidad funcional
Canimas Brugué, J. (2020): «En el extremo de los nadie», en Sexualidad y diversidad funcional, Cuadernos de la Fundació Grífols i Lucas, núm. 54, Barcelona, pp. 7-10.
El 27 de noviembre de 2019 se celebró en Barcelona un seminario en el que se sometió a debate el documento «El acompañamiento afectivo, erótico y sexual a personas con diversidad intelectual y medidas de soporte legal» redactado por Joan Canimas Brugué. El documento abordaba tres cuestiones: (i) si era necesario el consentimiento del tutor para que una persona con diversidad intelectual y modificación jurídica de la capacidad de obrar pudiera tener relaciones sexuales con un o una trabajadora sexual; (ii) donde situar la asistencia sexual en el debate sobre la prostitución y (iii) la posibilidad o no de objeción de conciencia para aquellos profesionales que consideren que el acompañamiento a servicios afectivos, eróticos o sexuales atenta contra sus creencias morales. El Cuaderno Sexualidad y diversidad funcional recoge las conclusiones de este seminario organizado por la Fundació Víctor Grífols i Lucas.
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VV.AA. (2018): Nuestra ética. Una manera de ser y de hacer las cosas
Libreto y ocho pósteres de lectura fácil que recogen y explican siete valores imprescindibles para todas las entidades, profesionales y familiares que atienden personas con discapacidad intelectual y del desarrollo. Ha sido elaborado y publicado por Dincat, una Federación que agrupa entidades del ámbito de la discapacidad intelectual y del desarrollo de Cataluña y forma parte de un conjunto de materiales dirigidos a profesionales, familiares y personas con diversidad funcional: La ética de Dincat (2016); Nuestra ética. Una manera de ser y de hacer las cosas. Libreto de lectura fácil (2018); Nuestra ética. Ocho pósteres (2018) y Guía didáctica (2018).
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«Cuidar és ésser-hi»
En ética, las declaraciones, convenciones, códigos deontológicos, leyes y protocolos son muy necesarios. También lo es disponer de espacios en los que se reflexione y avalúe la práctica profesional y se generen cambios para mejorar. Pero la manera de ser y de estar en el mundo y con los demás es anterior y, por lo tanto, más fundamental e importante que todo esto. Este texto acompañaba el programa de la exposición de fotografías Esguards i presències, de Miquel Serra, realizada en el Auditorio Barradas de Hospitalet de Llobregat del 10 de mayo al 10 de junio de 2018.
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«eKauri» (2018): Propuesta inicial del Documento de consentimiento informado de eKauri
eKauri es una iniciativa del Centre Tecnològic de Catalunya dirigida a personas en situación de vulnerabilidad que quieren vivir solas o pasan muchas horas solas en casa. Es un servicio de teleasistencia de tercera generación que recoge información de la vida en la vivienda y permite entender y dar respuestas adecuadas a situaciones presentes y futuras de la persona atendida. En la redacción de la propuesta de "Documento de consentimiento informado" se identificaron y dieron respuesta a los problemas éticos y jurídicos del proyecto.
Más informaciónVV.AA. (2017): La intimidad en los centros residenciales de personas con diversidad funcional. A propósito del uso, el acceso y la supervisión de los espacios. Comité de Ética de los Servicios Sociales de Catalunya.
Coordinador y redactor del documento «La intimidad en los centros residenciales de personas con diversidad funcional. A propósito del uso, el acceso y la supervisión de los espacios», aprobado por el Comité de Ética de los Servicios Sociales de Catalunya en el plenario del día 20 de abril de 2017. En este documento se identifican cuestiones éticas, jurídicas, psico-educativas y socio-sanitarias controvertidas que afectan la intimidad de las personas con diversidad funcional que viven en centros residenciales (revisión de armarios, visitas de los familiares, uso de los espacios comunes, cámaras, etc.) y se dan orientaciones para afrontarlas.
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VV.AA. (2017): Autogovern i llibertat. Apunts per a l’anàlisi i la transformació de normes i pràctiques per a l’atenció a persones amb discapacitat que viuen en residències. Grup de Reflexió d’Ètica Aplicada del Consorci de Serveis Socials de Barcelona.
Este documento es fruto del trabajo conjunto entre los miembros del Espacio de Reflexión Ética del Consorcio de Servicios Sociales de Barcelona y algunas mujeres y hombres que viven en las residencias para personas con diversidad funcional de la ciudad de Barcelona. Identifica situaciones en las cuales se vulnera la libertad de las personas con diversidad funcional y también situaciones complejas que es urgente abordar. Parte de una cuestión muy simple: tener una diversidad funcional física no puede justificar nunca una limitación de la libertad en defensa de los derechos de la propia persona; una diversidad funcional intelectual, en cambio, si que puede ser motivo de ello en algunas ocasiones que tienen que estar muy bien justificadas, porque la responsabilidad que tenemos respecto a los otros nos obliga a proteger su dignidad y derechos fundamentales cuando la persona no tiene capacidad para hacerlo.
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VV.AA. (2016): L’Ètica de Dincat
Código ético de Dincat, una Federación que agrupa entidades del ámbito de la discapacidad intelectual o del desarrollo de Catalunya. Identifica siete valores especialmente importantes para la entidad y desarrolla los principios, derechos, deberes y actitudes de cada uno de ellos que se deben respetar y que deben orientar las acciones y las relaciones de apoyo a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo. Los siete valores identificados son: igualdad; libertad; justicia y cuidado; intimidad; ayuda; calidad; y participación, transparencia y responsabilidad social.
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VV.AA. (2016): Document marc de suport a la salut afectiva i sexual de les persones usuàries de la Fundació Pere Mitjans
Algunas personas con diversidad funcional intelectual tienen necesidades afectivas y sexuales que requieren un servicio, apoyo o acompañamiento externo, por ejemplo de un o una asistente sexual u otros servicios especializados, y la familia o el tutor no se lo ofrecen porque niegan la sexualidad de la persona o no están en contra de este tipo de apoyo por cuestiones morales. ¿Qué hacer en estas situaciones? ¿Es éticamente y jurídicamente correcto que los profesionales faciliten este apoyo sin el conocimiento y, por tanto, autorización de la familia o del tutor? Este documento, redactado y aprobado por el Espacio de Reflexión Ética de la Fundación Pere Mitjans, intenta dar respuesta a estas cuestiones.
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VV.AA. (2016): Cortometraje Decidir por otro. Guion de Joan Canimas y Sergio Dominguez. UOC.
Decidir por otro es un corto documental ficticio de 9 minutos que fue creado como recurso pedagógico para la asignatura de Ética aplicada a la educación social, de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC). Narra una parte de la vida de Pepe, un hombre de mediana edad que llevaba una vida licenciosa hasta que sufre un ictus. Este accidente vascular cerebral motiva una limitación jurídica de su capacidad para obrar, el ingreso en un centro residencial y una vida ordenada que él no desea, la cual cosa plantea una problemática ética en los profesionales que lo cuidan.
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Canimas, J. (2016): «Decidir por el otro a veces es necesario», en La incapacitación, reflexiones sobre la posición de Naciones Unidas, Barcelona: Quaderns de la Fundació Víctor Grífols i Lucas, 2016, núm. 39, pág. 13-31.
Crítica a la Observación General Nº 1 (2014) del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que el autor considera inmoral. En el primero, segundo y tercer capítulos, defiende que el concepto «persona con discapacidad» es poco preciso y responsable de buena parte de los estorbos que genera la Observación General, y se presenta una taxonomía básica que permita abordar con solidez las problemáticas de las decisiones subrogadas, con alguna propuesta que se aleja de aquello establecido. En el capítulo cuarto el autor justifica su desacuerdo con la Observación General, insistiendo que, en algunas situaciones, hay decisiones sustitutivas que son éticamente necesarias y exigibles, aunque no respeten las preferencias o voluntades de la persona, y que la limitación jurídica de la capacidad de obrar es una medida de garantía de derechos. Y en el quinto y último apartado, presenta unas pautas para aquellas personas que tienen responsabilidades de soporte, guarda o tutela que pretenden ayudarlas a gestionar los valores de libertad y ayuda.
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